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DERECHOS Y DEBERES DEL ARRENDATARIO EN UN ARRENDAMIENTO RUSTICO
El contrato de arrendamiento rustico es un acuerdo por el que el propietario de una finca rustica cede a un tercero siendo el mismo un agricultor o ganadero por un precio o renta, a cambio de hacer un uso agrario, ganadero o forestal de una finca.
Para regular estas relaciones desde el año 2004 esta en vigor la actual Ley de Arrendamientos Rústicos de 2003 , con la importante reforma que se llevo a cabo en el año 2005 con el objetivo de establecer un marco legal claro y equitativo para arrendador y arrendatario.
Ahora vamos a ver cuales son los derechos y deberes de los arrendatarios según la mencionada Ley.
Derechos del Arrendatario
- Uso y disfrute de la finca, según los fines estipulados en el contrato, ya sea agrícola, ganadero o forestal.
- Duración del contrato, la misma no puede ser inferior a un plazo de cinco años, otorgando al arrendatario una cierta estabilidad y planificación a largo plazo , no existiendo limite máximo.
- Derecho de prorroga del arrendamiento, se renovara o prorrogara tácitamente por plazos de cinco años; salvo que el arrendador notifique fehaciente al arrendatario su deseo de no prorrogar el arrendamiento con al menos un año de antelación a la finalización del arrendamiento o de la prorroga. El arrendatario sin embargo no tiene obligación de respetar la duración mínimo de los 5 años ya que tiene derecho de dar por finalizado el contrato en cualquier campaña, si preavisa fehacientemente al arrendador con un año de antelación.
- Derecho a la indemnización por las mejoras. Si el arrendatario realizara mejoras en la finca siempre y cuando cuente con el consentimiento del arrendador tendrá derecho a ser compensado por estas mejoras, en el momento en el que finalice el contrato, salvo pacto en contrario o que a si se hubiera estipulado en el contrato
- Derecho de tanteo y retracto. Si el arrendador decide vender la finca objeto de arrendamiento, el arrendatario tendrá derecho de adquisición preferente en el plazo de 60 días hábiles desde que tuviera conocimiento de la venta así como de las condiciones y precio de la misma.
- Derecho a solicitar la PAC.
- Derecho de cesión o subarriendo a cónyuges o hijos. El arrendatario no puede ceder o subarrendar las fincas a un tercero sin el consentimiento expreso del arrendador, exceptuándose dicho supuesto si se trata del cónyuge o hijos siempre que conste notificación fehaciente al arrendador por escrito en el plazo de 60 días hábiles.
- En caso de expropiación. El arrendatario tendrá derecho al importe de una renta anual actualizada y a la cuarta parte de la renta por cada año que reste para la duración mínima del contrato.
- En caso de concentración parcelaria. Si la finca objeto de arrendamiento, se engloba en uno de los supuestos de concentración parcelaria. el arrendatario tendrá derecho a continuar en las fincas de reemplazo.
Deberes del Arrendatario
- Pago de la renta. Uno de los deberes mas importantes en un contrato y por ende en un contrato de arrendamiento es el pago puntual de la renta del contrato. La renta vendra expresamente estipulada en el propio contrato. Si no paga en el plazo estipulado puede darse por finalizado el contrato por impago de rentas.
- Uso correcto de la finca. El arrendatario esta obligado a explotar la finca conforme a las buenas practicas agricolas, forestales y a mantener la misma en el estado en el que se encontraba al inicio del contrato.
- Obras y mejoras.
- Tiene que respetar el cerramiento de separacion y deslinde.
- Obligación de devolver tierras y derechos, en cuanto a los derechos, tiene que devolver la PAC en el caso de que estuvieran siendo arrendadas las fincas junto con los derechos.
Estos serian los derechos y obligaciones que tiene el arrendatario para hacer efectivo el cumplimiento del contrato. Tiene que ajustarse a lo expresamente estipulado en el mismo.
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