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Los antecedentes penales son datos que obran en el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, cuando una persona es condenada por la comisión de un delito. Cabe destacar, que estos no perduran para siempre, una vez cumplida la condena en su totalidad, se puede proceder a cancelar dichos antecedentes.
Según la gravedad del delito cometido, debe transcurrir un tiempo determinado para cancelar los antecedentes, que puede oscilar desde los 6 meses para delitos leves, hasta 10 años para penas muy graves.
En el artículo 136 del Código Penal está recogido los plazos para cancelar los antecedentes penales, que actualmente son los siguientes:
- Seis meses para penas leves.
- Dos años para penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
- Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
- Diez años para las penas graves.
El cómputo de estos plazos se interrumpirá por la comisión de nuevos delitos durante su transcurso.
¿CÓMO SABER SI TENGO ANTECEDENTES PENALES?
Lo primero que hay que hacer es; pedir certificado de antecedentes penales para saber si has sido o no condenado en un sentencia por un delito cometido, dicho certificado se puede pedir de tres formas: presencial en las oficinas de la administración asignadas para ello, por correo postal o a través de internet (si usted tiene certificado digital o DNI electrónico).
¿CÓMO CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES POR INTERNET?
Si cuentas con Clave o Certificado digital puedes ingresar a la sede electrónica del Ministerio de Justicia para solicitar la cancelación de antecedentes penales.
Debes de adjuntar el modelo de solicitud de cancelación de antecedentes penales.
¿CÓMO CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES DE MANERA PRESENCIAL?
La solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación que la acompañe se puede presentar en:
- En cualquiera de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia
- En el Registro General del Ministerio de Justicia.
- En cualquiera de los registros a que se refiere el art. 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero pueden realizar la solicitud de la cancelación a través de las oficinas diplomáticas y consulares de España.
¿CÓMO CANCELAR LOS ANTECEDENTES PENALES POR CORREO?
La solicitud junto con la copia compulsada de la documentación requerida se puede enviar también por correo certificado a la siguiente dirección:
- Registro Central de Penados (Cancelaciones), C/ San Bernardo nº 21, planta baja, 28015 – MADRID.
Una vez cursada la solicitud, rellenando los apartados correspondientes y adjuntando la documentación necesaria, el plazo máximo de resolución es de tres meses.
Si transcurre este plazo y no se obtiene respuesta se podrá entender estimada la cancelación pretendida.
No obstante, este plazo se suspenderá cuando sea necesario recabar del órgano judicial la fecha de extinción de la responsabilidad penal (art. 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
La notificación de la resolución se efectuará en el domicilio dejado a tales efectos.
Si necesitas cancelar los antecedentes penales, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados, será un placer ayudarte.
Rafael Pérez Malagón.
Abogado.
Mediador civil, mercantil y familiar.
Técnico Superior de Administración y Finanzas.
Tfno. 622014405.
Web: https://rafaelperezmalagon.com/
Email: contacto@rafaelperezmalagon.com